30 6. ITC-BT 28 LOCALES DE PÚBLICA CONCURRENCIA 6.2 Circuitos de servicios de seguridad no autónomos o circuitos de servicios con fuentes autónomas centralizadas (2) Se consideran servicios de seguridad, los alumbrados de emergencia no autónomos, los sistemas contra incendios, los ascensores u otros servicios indispensables que están fijados por reglamentaciones particulares de las Comunidades Autónomas o Ayuntamientos. (4) Prescripciones de carácter general e) Los cables eléctricos destinados a circuitos de servicios de seguridad no autónomos o a circuitos de servicios con fuentes autónomas centralizadas, deben mantener el servicio durante y después del incendio, siendo conformes a las especificaciones de la norma UNE-EN 50200. Los cables deberán cumplir en relación a la reacción al fuego, como mínimo la clase Cca-s1b,d1,a1 según la norma UNE-EN 50575. Los cables con características equivalentes a las de la norma UNE 21123 parte 4, apartado 3.4.6 cumplen con esta prescripción. La norma UNE-EN 50200 no es una norma constructiva de un tipo de cable, sino que es una norma que especifica el método de ensayo comúnmente llamado de “resistencia al fuego”, y permite clasificar el cable según su capacidad de mantener de forma fiable el suministro de energía eléctrica cuando esté expuesto al fuego. La clasificación (requisito de funcionamiento) de los cables a instalar es PH90, es decir, que el tiempo de supervivencia del cable en ensayo sea igual o superior a 90 minutos, si bien los cables Segurfoc-331 Class (AS+) y Segurfoc Class ALARMAS (AS+) son PH120.
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