LIBRO BLANCO DE LA INSTALACIÓN - Baja tensión

Vehículo eléctrico Baja tensión 255 2.18.3. Cálculo de cables de alimentación a una electrolinera de 50 kW Con el objeto de fomentar la infraestructura para recarga rápida de vehículos eléctricos el Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico aprobó en octubre de 2022 la regulación de la instalación de puntos de carga eléctrica en las principales estaciones de servicio de carburantes. En ella se recoge la eventual obligación de instalar electrolineras de 50 kW en estaciones de servicio existentes, así como en las de nueva construcción. En este nuevo escenario subrayar que el Gobierno tiene también previsto allanar los trámites legales para facilitar la instalación de los nuevos puntos de recarga. Abordamos en este artículo el cálculo de los cables para la alimentación eléctrica. Primeramente, señalar que las instalaciones de recarga en exterior y de potencia superior a 10 kW requieren proyecto, así como las de modo de carga 4 sin límite de potencia (disposición final segunda del RD 1053/2014). Si el transformador de la gasolinera no tiene potencia suficiente, habrá que ampliarlo, lo que implica de derechos económicos frente a la distribuidora. Si hay que ampliar el transformador, hay que calcular un nuevo CGMP, con una salida para los 50 kW, y recalcular los poderes de corte de los interruptores de las salidas actuales, a buen seguro sirven los mismos, pero para hacerlo bien, hay que calcular las intensidades de cortocircuito aguas abajo del transformador y comprobarlo. Supondremos potencia disponible suficiente en el centro de transformación de 160 kVA de la gasolinera para el caso que nos ocupa. Cálculo de sección por intensidad admisible Tenemos los siguientes datos de partida: U = 400 V (trifásica) Potencia = 50 kW cos ϕ = 0,9 L = 45 m Cable de alimentación tipo Afumex Class 1000 V (AS) Tendido bajo tubo y enterrado.

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